Objectif:
Penser et planifier des actions sindicales pour superar la informalidad.
Mode d'éjection :
- Trabajo en groupes
- Para este ejercicio, se puede aprovechar los resultados obtenidos in the Actividad de Reflexión 2.2 La informalidad como la vivimos. Si no los tenemos, es possible de la misma manera hacerlo. Es posible también seleccionar solamente algunos temas del cuadro sugerido.
- Présentation des groupes et discussion
Matière:
- Feuillet rotatif, papier ou écran d'ordinateur avec la Tabla B suggérée pour les notes
- Marqueurs pour prendre des notes ou un ordinateur pour charger la table B
Tableau B
| Que se soit établi en el Convenio 189 | Consecuencia del incumumplimiento del C189 (par ausencia de leyes, huecos legales o por incumumplimiento) | Actions du syndicat pour rétablir cette situation |
|---|---|---|
| Las trabajadoras del hogar y sus empleadores/as cuentan con medidas para asegurar su libertad sindical y su libertad de asociación y del reconocimiento efectivo de su derecho de negociación colectiva (art. 3). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que fijan la edad mínima para su categoría profesional, que no es superior a la edad mínima de los demás trabajadores (art. 4a). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas para asegurar que el trabajo no las prive de la escolaridad obligatoria, ni comprometa sus oportunidades para acceder a la enseñanza superior oa una formación profesional (art. 4b). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que les aseguren protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia (art. 5). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas para que sean informadas sobre sus condiciones de empleo de preferencia, cuando sea posible, mediante contratos escritos (art. 7). | ||
| Las trabajadoras del hogar migrantes cuentan con medidas que les aseguren el recibimiento de una oferta de empleo o un contrato de trabajo en el país destino antes de cruzar las fronteras nacionales (art. 8). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que les aseguren la igualdad de trato con relación a las horas normales de trabajo, en condición no menos favorable que la de los demás trabajadores (art. 10a). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que les aseguren la igualdad de trato con relación a la compensation de horas extraordinarias (art. 10a). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que les aseguren la igualdad de trato con relación a los períodos de descanso diarios (art. 10a). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con medidas que les aseguren la igualdad de trato con relación a vacaciones anuales pagadas (art. 10a). | ||
| El período de descanso semanal de las trabajadoras del hogar no es menor que 24 horas consecutivas (art. 10b). | ||
| Las trabajadoras del hogar se benefician de un régimen de salario mínimo (en los países donde ese régimen existe), y su remuneración es establecida sin discriminación por motivo de sexo (art. 11). | ||
| Los salarios de las trabajadoras del hogar son pagos directamente en efectivo, a intervalos regulares y como mínimo una vez al mes (art. 12a). | ||
| Solamente una proporción limitada de la remuneración de las trabajadoras del hogar puede ser paga en especie, en condición no menos favorable que la de los demás trabajadores (art. 12b). | ||
| Toda trabajadora del hogar tiene derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable (art. 13) | ||
| Las trabajadoras del hogar tienen asegurada la protección de la seguridad social, inclusive en lo relativo a la maternidad, en condiciones no menos favorables que los demás trabajadores (art. 14). | ||
| Las trabajadoras del hogar tienen acceso efectivo a los tribunales oa otros mecanismos de resolución de conflictos en condiciones no menos favorables que los demás trabajadores (art. 16). | ||
| Las trabajadoras del hogar cuentan con mecanismos de queja y medios eficaces y accesibles para asegurar el cumplimiento de la legislación nacional relativa a su protección (art. 17a). | ||
| Las trabajadoras del hogar están protegidas por medidas que establecen la inspección del trabajo, la aplicación de las normas y de las sanciones a los empleadores infractores (art. 17b). |